viernes, 4 de agosto de 2017

Intervienen hornillas artesanales donde se procesaba ilegalmente carbón vegetal en Piura

Piura.- Dos hornillas artesanales donde se procesaba madera talada ilegalmente para transformarla en carbón vegetal, fueron intervenidas y paralizadas por personal del Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), en el distrito piurano de Tambogrande, se informó.

Los especialistas de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, oficina descentralizada del SERFOR, constataron en un área de aproximadamente 12 hectáreas -que se ubica en la margen derecha de la carretera Las Lomas – Tambogrande-, la extracción de raíces de especies forestales y arbustivas; actividad de acondicionamiento para la instalación de cultivos agrícolas.

Asimismo, la instalación y el procesamiento de dos hornillas artesanales, ‘huayronas’, donde se procesaba leña de algarrobo para transformarla en carbón vegetal.

De acuerdo a las diligencias, el terreno es ocupado por la empresa de comercialización de productos agroindustriales S.A.C. Sin embargo, no existe autorización alguna -sobre el área- para cambio de uso del suelo ni el aprovechamiento de recursos forestales. Por ello, la ATFFS Piura inició la investigación para determinar las responsabilidades administrativas, según lo establece la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

Cambio de uso de suelo
El responsable de la ATFFS Piura, Juan Otivo Meza, expresó que las empresas agroindustriales deben solicitar el respectivo cambio de uso de suelo. La ATFFS evalúa y autoriza, de ser el caso, la extracción de la cobertura vegetal silvestre para el establecimientos de los cultivos agrícolas, con el compromiso de mantener el 30% de la cobertura vegetal inicial.

De otro lado, dijo que la normativa forestal y de fauna silvestre promueve el manejo sostenible, así como la formalización, a través de autorizaciones y permisos. “existen modalidades para el aprovechamiento sostenible del bosque, que están en función de los volúmenes de extracción y la superficie de manejo. Los de menor impacto son los denominados DEMAS -declaraciones de manejo forestal-, donde generalmente se autorizan podas y raleos; luego están los de medio y gran impacto, denominados Plan de Manejo Forestal Intermedio y Plan General de Manejo, que se realizan sobre grandes extensiones de terrenos con densa cobertura vegetal”; explicó el funcionario.

Cabe mencionar que el Estado peruano protege a todas las especies de flora y fauna silvestre. Por ello, extraerlas de su entorno y comercializarlas sin la autorización de la autoridad competente está sancionado con multas y penas privativas de la libertad.

Más información

La Ley N° 29763, establece como infracciones muy graves ‘adquirir, transformar, comercializar, exportar, poseer recursos o productos forestales, extraídos sin autorización; y, que la sanción es el pago de una multa superior a los 40 mil 500 soles, equivalente a más de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Sullana: intenta quitarse la vida por infidelidad de su pareja.

Sullana.- Efectivos del Serenazgo de Bellavista lograron intervenir a un joven en circunstancias en que intentaba quitarse la vida arroj...