Piura.- El trabajo coordinado de Aduanas y el Ministerio de
Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna
Silvestre (SERFOR), permitió frustrar el tráfico de 260 kilogramos de madera de
palo santo molido de procedencia ilegal, que estaba en el local de la empresa
de transporte de carga Servis Piura, ubicado en la Zona Industrial de la
provincia de Piura, se informó.
La madera de palo santo
(Bursera graveolens) molido, especie forestal del bosque seco considerada en
peligro crítico de extinción, estaba como encomienda en 13 sacos de polietileno
de color blancos, de aproximadamente 20 kilos cada uno.
Los responsables del
establecimiento presentaron las boletas del producto forestal, que indicaban
como lugar de origen la ciudad de Chiclayo. Sin embargo, los especialistas en
control de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS)
Piura, oficina descentralizada del SERFOR, advirtieron que el único documento
que demuestra la procedencia legal del palo santo o cualquier otro producto
forestal es la Guía de Transporte Forestal, por lo que se procedió a su
decomiso e inicio del proceso de investigación para establecer las responsabilidades
administrativas.
Las autoridades presumen que,
por su importante valor comercial internacional, el destino del palo santo
molido serían los mercados de Europa y Asia. Su demanda recae en el uso para
sahumerio y para la elaboración de óleos, aceites y perfumes.
El responsable de la ATFFS
Piura, Juan Otivo Meza, informó que el crecimiento y regeneración natural de
esta especie forestal está amenazada por la extracción ilegal. Por ello, está
categorizada como en ‘peligro crítico’, a través del Decreto Supremo N°
043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora
silvestre.
En este sentido, el Estado
regula su aprovechamiento. Prohíbe la tala de individuos vivos en pie y solo
permite el uso de ramas, rastrojos o árboles muertos de manera natural.
Asimismo, enfatizó que la Ley
N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece como infracciones muy
graves: “adquirir, transformar, comercializar, exportar, poseer recursos o
productos forestales, extraídos sin autorización” de la autoridad competente.
La sanción es el pago de una multa superior a los 40 mil 500 soles, equivalente
a más de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
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