Piura.- Un camión que transportaba 327 trozas de algarrobo
(Prosopis pallida), talados ilegalmente, fue intervenido por la Policía
Nacional del Perú y el Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), en el sector Cerrito del
distrito Las Lomas, provincia de Piura, se informó.
Los ocupantes del vehículo no
mostraron la Guía de Transporte Forestal, documento que garantiza la
procedencia legal de un producto forestal (madera, leña o carbón). Por ello, el
personal de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS)
Piura, oficina descentralizada del SERFOR, procedió al decomiso de las trozas e
inicio del proceso de investigación para establecer las correspondientes responsabilidades.
Del mismo modo, inmovilizó el
vehículo, de acuerdo al Reglamento para la Gestión Forestal de la Ley N° 29763,
Ley Forestal y de Fauna Silvestre.
El responsable de la ATFFS
Piura, Juan Otivo Meza, exhortó a la población a organizarse e involucrarse de
manera decisiva en la gestión y conservación del patrimonio forestal y de fauna
silvestre de sus localidades. “La normativa forestal vigente ha fortalecido el
control de la tala ilegal y promueve la mayor participación de la sociedad
civil organizada en el acceso a los recursos del bosque”; expresó.
Asimismo, destacó la
participación de las comunidades campesinas y autoridades, como parte del plan
de trabajo del Comité Regional de Lucha contra la Tala Indiscriminada,
Comercialización y Transporte Ilegal de Especies Forestales y de Fauna Silvestre
de la región Piura, que promueve la gestión sostenible de dichos recursos.
El algarrobo, especie forestal
emblemática del bosque seco piurano, está amenazado por la tala indiscriminada;
su madera (leña) es usada ilegalmente como combustible en las pollerías,
restaurantes, panaderías, ladrilleras, y también es procesada para convertirla
en carbón vegetal. Es por ello, que el Estado peruano la categoriza en estado
‘vulnerable’ para su protección, de acuerdo al Decreto Supremo N° 043-2006-AG
que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre.
Por su parte, la Ley N° 29763
considera como infracciones muy graves las acciones de “talar, transportar,
acopiar, adquirir, transformar o aprovechar recursos forestales, sin
autorización”. Para ello, establece el pago de multas superiores a los 40 mil
500 soles, lo que equivale a más 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
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