Piura.- Personal del Ministerio de Agricultura y Riego, a través
del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) y de la División
de Medio Ambiente Piura de la Policía Nacional del Perú, intervinieron un
centro de acopio clandestino con aproximadamente 3,500 unidades de leña,
decomisándose 780 unidades de leña de algarrobo, en las inmediaciones de la
carretera Piura – Chiclayo, se informó.
El producto forestal ilegal,
que abastecería a los principales establecimientos de comida de Piura, se
encontraba apilado en un corral cercado con carrizos en las proximidades de una
de las viviendas del caserío Almirante Miguel Grau del distrito Cura Mori, en
la provincia de Piura.
Al no corroborar la legalidad
del producto forestal, los especialistas de la Administración Técnica Forestal
y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, oficina descentralizada del SERFOR,
apoyados también por efectivos de la Unidad de Servicios Especiales de la
Policía, incautaron la leña e iniciaron las investigaciones para determinar las
responsabilidades administrativas, sin perjuicio de las acciones civiles y
penales del caso.
De acuerdo al volumen del
producto forestal que se intervino, se habrían talado de manera ilegal más de
30 árboles de algarrobo, causando un daño ecológico, por ser el algarrobo
(Prosopis pallida) una especie forestal protegida por el Estado, con categoría
de “vulnerable”, según el Decreto Supremo N° 043-2006-AG que aprueba la
categorización de especies amenazadas de flora silvestre.
El responsable de la ATFFS
Piura, Juan Otivo Meza, destacó el trabajo conjunto con la Policía Nacional
para combatir la tala y el tráfico ilegal, que representa una de las principales
amenazas para el bosque seco piurano.
Indicó que de acuerdo a la Ley
N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se otorgan autorizaciones para el
establecimiento de centros de transformación primaria, lugares de acopio,
depósitos y centros de comercialización de productos en estado natural o con
transformación primaria.
Cabe señalar que el
incumplimiento se considera una infracción, y se sanciona con multas superiores
a los 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir con más de 40 mil
soles, a quienes talen, transporten, acopien, adquieran, transformen
(carbonización), comercialicen o aprovechen recursos forestales, sin una
autorización. La leña intervenida tiene un valor de S/. 3,500.00
aproximadamente en el mercado local.
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